ADFP de la Segunda división advierte a clubes a través de comunicado

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A continuación el comunicado de la ADFP de la Segunda división:

1. Mediante Resolución Nro. 0008-FPF-2018, se aprobaron las bases del campeonato descentralizado 2018 de la Asociación Deportiva de Fútbol Profesional de Segunda División en la que se dispone las funciones y responsabilidades que tiene el Órgano de Control Económico Financiero de la Segunda División (OCEF SD), empresa supervisada por la Federación Peruana de Fútbol, en concordancia con lo establecido en el Reglamento Económico Financiero para el Campeonato Descentralizado de la ADFP SD aprobado con Resolución 0009-FPF-2018 el 04 de abril de 2018.

2. Es importante señalar que, para el acceso a la Fase final del campeonato, de acuerdo con el artículo 14° de las citadas bases se indica lo siguiente: "Clasifican a la Fase Final por el Título de Campeón del Campeonato ADFP-SD 2018, los siete (7) primeros Clubes de la Tabla de Posiciones de la Etapa de Clasificación al término de las treinta (30) fechas.

3. “Los clubes que obtengan el derecho a participar en la Fase Final del Campeonato, lo perderán si incumplen lo dispuesto en el Reglamento Económico Financiero, y su lugar será ocupado por el Club que en forma descendente ocupe la posición inmediata siguiente en la Tabla de Posiciones de la Etapa de Clasificación, siempre y cuando hayan cumplido con las obligaciones estipuladas en el Reglamento Económico Financiero”.

4. La OCEF SD, empresa supervisada por la FPF, ha considerado que dicha acreditación se realizará sobre la documentación relacionada con el pago de remuneraciones a jugadores y cuerpo técnico hasta agosto del 2018 tomando como punto de inicio la revisión extraordinaria a junio del 2018 requerida por la Gerencia de competiciones de la FPF. De forma complementaria, se requerirá que ningún Club deba tener cuotas vencidas o pendientes de pago ante el SAFAP para del inicio de la Fase final.

5. Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente, OCEF SD continuará revisando mensualmente el pago de obligaciones conforme al artículo 10° del Reglamento Económico Financiero.

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